¿La Corte nos ha cortado la expresión?

Quedamos mudos muchos ciudadanos que creemos en la libertad de expresión. La noticia de la absurda Sentencia T-362 de 2020 de la Corte Constitucional contra los derechos al trabajo y a la liberad de expresión —entre otros— de la escritora Carolina Sanín nos dejó sin habla.

Opina - Judicial

2021-02-08

¿La Corte nos ha cortado la expresión?

Columnista:

Julián Bernal Ospina

 

Quedamos mudos muchos ciudadanos que creemos en la libertad de expresión. La noticia de la absurda Sentencia T-362 de 2020 de la Corte Constitucional contra los derechos al trabajo y a la liberad de expresión –entre otros– de la escritora Carolina Sanín nos dejó sin habla. Si no fuera porque inmediatamente el corazón respondió ante esa serie de anacronismos, no hubiéramos respondido más que el silencio de la petrificación. La sensatez, sin embargo, fue generosa: de ella emergieron no pocas expresiones de indignación como la de El Espectador en su editorial del 28 de enero, la de Sandra Borda en su columna de El Tiempo del 1 de febrero, y las de otros críticos de la sentencia. No era para menos: le abre paso a legalizar –no solo legitimar– la censura de la libre expresión en las universidades privadas.

No es un simple juego de palabras el que la Corte haya decidido cambiar de significado: quitarse el disfraz colegiado de aristócratas que deciden en justicia y en derecho la vida de la sociedad, para convertirse en instrumento en pos del corte, en el peor de los casos, o para acabar la función con su “¡Corte!”, en el mejor. Todavía buscamos a dónde se habrá ido, o si se escondió temerosa, aquella Corte que defendió la Constitución cuando decidió impedir la segunda reelección de Uribe. Pueda ser que esa Corte buena o mala nunca ha existido, sino que se mueve en función de ciertos hilos de poder, de variaciones ideológicas de sus jueces, de sus espíritus diversos. Pueda ser.

Para este caso, la Corte nos ha dejado el sinsabor de no saber, sinceramente, de qué hablaba. Decía la sentencia que la decisión que tomó no fue más que por el vínculo laboral que unía a la universidad con la profesora: «La terminación unilateral del contrato laboral suscrito entre la Universidad de los Andes y la señora Sanín Paz no configura una restricción indebida a la libertad de expresión­»­­. Que lo de libertad de expresión lo limitaba al artículo 20 de la Constitución y que ese no lo tocaba, pues la escritora Sanín estaba en su fuero de opinar lo que quisiera. Pero que, como decisión de carácter laboral, debía someterse a las relaciones del empleador con el empleado, en sus actos causales o no de despido justificado.

No sabemos si esa decisión absurda obedece a un razonamiento inocente o si hay en el fondo otros elementos que harían decir que responden al corte de cabezas y de cuerdas vocales. ¿Estaría yo incurriendo en los arcaicos delitos de calumnia e injuria, y por ello menoscabaría el good will de la Corte? Según el razonamiento de la sentencia, tendría que decir que sí. A excepción del salvamento de voto de la magistrada Diana Fajardo Rivera, desde su soledad minoritaria. De su comentario se desprende que la sentencia no vio –o no quiso ver– que no salvaguardar el derecho al trabajo de la profesora implicaba, precisamente, no proteger el derecho a expresarse libremente, con los límites –claro– que todo derecho tiene, esto en perjuicio del artículo 20 de la Constitución. Aún más en una universidad que, privada o no, debe ser autocrítica, propiciar la libertad de expresión e incentivar el debate abierto y ciudadano.

La sentencia es una forma de repetir este adagio colombiano: «Una imagen vale más que mil palabras». Vale más la imagen de una universidad pulcra que mil realidades de la universidad. Vale más su supuesta prestancia que la realidad de miles de estudiantes que la viven. Y todavía peor: como si fuera un delito criticar la imagen: como si adjetivar a la universidad ya la convirtiera, por obra y gracia de quien lo dice, en eso que se adjetiva. En un escenario democrático y académico, como lo propone la magistrada Fajardo, las adjetivaciones son críticas que deberían debatirse, y no vedarse con palabrería y moralismos, con juegos del poder del despido. En la sentencia se pareciera, en cambio, privilegiar la actitud de un varón enardecido que, ofendido en su vanidad, convoca al contrincante a un duelo, y no la actitud valiente de quien, como la escritora Sanín, expresa sus opiniones e invita a su consecuente reflexión.

 

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Julián Bernal Ospina
Soy por vocación escritor. Trabajo como escritor freelance. Escribo ficción y no ficción. En no ficción, sobre temas políticos y culturales. Para mí la escritura ha sido una forma de encontrarme, y una forma de involucrarme con la humanidad de los otros. Tengo un blog en el que escribo sobre literatura en la coyuntura: julianbernalospina.com. Me preocupa sobre todo la imaginación. Defiendo la idea de que la literatura es un lugar de riqueza y sensibilidad humana que toda persona tiene el derecho de vivir.