Nos están matando… y nadie está haciendo nada.
No ha pasado más de un mes desde que inició el año 2017 y el país ya ha tenido que vivenciar cinco o más casos de violencia contra la mujer. Nos están matando por celos, por furia, por machismo, porque sí y porque no.
Casos como los de Angélica Rodríguez Lozada, zipaquireña de 27 años de edad, asesinada a golpes por su expareja y padre de su hija Jhonatan Camilo Torres, o como el de Angy Caterine Herrera, asesinada con arma blanca a manos de su esposo, el patrullero de la Policía Fray Vicente Ardila, son los más recientes, ¿el motivo? Celos enfermizos.
Lo más preocupante, es que estos casos usualmente son penalizados como homicidios y no como feminicidios, es decir, la justicia colombiana no está reconociendo este tipo de actos como violencias específicas de género.
Pero, ¿cuál es la diferencia? Según la RAE (Real Academia Española), el homicidio es un “delito consistente en matar a alguien sin que concurran las circunstancias de alevosía, precio o ensañamiento”- en términos más globales, el homicidio es una acción por la cual se priva de la vida a otro ser humano de manera culposa o dolosa y es castigado con entre 15 o 20 años de prisión-.
Ahora bien, aunque claramente el feminicidio también es la privación de una vida, este se presenta de forma específica y misógina contra el género femenino y, por lo tanto, es necesario categorizarlo por su gravedad y concurrencia a lo largo de la historia. Según la RAE, el feminicidio es el “asesinato a una mujer por razón de su sexo”. Nuevamente, en términos más coloquiales, es una acto provocado por el pensamiento machista que conlleva al asesinato de una mujer por el simple hecho de ser mujer y es castigado hasta con 50 años de prisión.
Por ello, lo jodidamente indignante, es que estos machitos pagan una pena mínima de 15 años por homicidio y sumándole su buen comportamiento dentro de las celdas más su arrepentimiento ante un tribunal, terminan pagando 12 o 10 años de prisión… Entonces ¿dónde quedan las leyes que nos protegen contra la violencia y la discriminación por género?
En Colombia existe la Ley 1257 del 2008, por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres. Según su artículo 1°: “Esta Ley tiene por objeto la adopción de normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”. Lamentablemente, se están quedando plasmadas en un papel y nos están MATANDO. A pesar de que la ley reconoce en sus líneas cinco tipos de violencia contra las mujeres: física, sexual, simbólica, psicológica, patrimonial y económica, aún ha sido necesario exigir acciones específicas para las víctimas de violencia de género que garanticen realmente una atención integral y diferencial.
¡Hoy por hoy, las mujeres colombianas no nos quedaremos calladas y seguiremos luchando! No es homicidio, es feminicidio.
NOS QUEREMOS VIVAS, NOS QUEREMOS LIBRES.
#NiUnaMenos #ViolenciaNuncaMás