Ley de sometimiento a bandas criminales: Gustavo Petro

Esta iniciativa plantea una serie de beneficios para las bandas que se acojan a la justicia, entreguen los bienes y se comprometan a dejar atrás las acciones delincuenciales.

- Informativo

2022-09-30

Ley de sometimiento a bandas criminales: Gustavo Petro

Autora:

María José Ordóñez Iglesias

 

Ya se encuentra listo el borrador de lo que sería el proyecto de ley de sometimiento a la justicia de las organizaciones criminales —elaborado por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y la Presidencia del Congreso, entre otros— que adelanta el Gobierno Nacional con el fin de materializar la «Paz Total» que propuso Petro como candidato y, hoy en día, como presidente electo.

La iniciativa plantea una serie de beneficios para las bandas que se acojan a la justicia, entreguen los bienes y se comprometan a dejar atrás las acciones delincuenciales.

Para lograrlo, el proyecto establece tres momentos cruciales, en los que el primero de los pasos atraviesa una negociación inicial con las bandas criminales y grupos armados. A este punto deberán unirse, de manera voluntaria, para establecer un acta final de diálogo firmada por las dos partes con compromisos claros por cuenta de los integrantes de estos grupos subversivos. Finalmente, atender a la justicia para su respectivo sometimiento.

Lo cierto es que el articulado, en sí, contiene puntos que han generado debate y discordia. Uno de ellos sería, principalmente, las sanciones alternativas que recibirían los integrantes de esas organizaciones, ya que, según el borrador, los altos mandos de las estructuras criminales recibirían beneficios de rebaja de pena de hasta el 60 %.

Adicionalmente, se establece que, cuando los sometidos cumplan al menos una cuarta parte de su pena en una cárcel, tendrán la oportunidad de salir por 72 horas del centro de reclusión. Asimismo, se indica que cuando cumplan las 2/5 partes de su sentencia, podrán tener salidas de la cárcel hasta por 15 días cada dos meses. Y, cuando hayan cumplido al menos la mitad de la condena, podrán ser enviados a cárceles comunitarias.

Esos centros de reclusión que se mencionan —los cuales en muchas ocasiones tendrán como punto de ubicación el lugar de arraigo del condenado— suelen tener medidas de seguridad y de disciplina más flexibles que las de un centro carcelario.

Y se advierte que, en la medida en que este centro de reclusión comunitaria no sea posible, «el condenado podrá optar por solicitar la libertad preparatoria, en la cual el condenado está obligado a pernoctar en el establecimiento penitenciario, debiendo cumplir en el día con el programa de restauración y reinserción especial. Cumplidas las 3/5 partes de la pena ingresará a periodo abierto y se les podrá conceder la libertad condicional, si se niega podrá acceder a la franquicia preparatoria».

Por otro lado, y como otro punto que suscita debate, el borrador propone que los miembros de estos grupos pueden quedarse con el 10 % de los bienes adquiridos ilegalmente. «Conservar el derecho de dominio sobre uno o algunos de los bienes cuyo origen sea consecuencia de una actividad ilícita, siempre y cuando su valor comercial no supere el diez por ciento (10 %) del total de los bienes objeto de colaboración».

El presidente del Senado, Roy Barreras, confirmó que ya recibió una parte de este borrador de proyecto de ley, además, pidió calma para su respectivo análisis. En ese sentido, se espera que quede radicado la próxima semana.

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María José Ordóñez Iglesias
Estudiante de Derecho y Ciencia Política. Columnista, guionista y apoyo administrativo de Laorejaroja.