La abstención electoral del 13M y la necesidad del voto obligatorio

Los resultados de estas elecciones se han visto opacadas por una situación electoral ya tradicional en nuestra frágil democracia: el abstencionismo. 

Infórmate - Cultura

2022-03-31

La abstención electoral del 13M y la necesidad del voto obligatorio

Autor:

Felipe Alzate De los Ríos

 

Las elecciones legislativas del 13 de marzo se muestran como un hito en la historia contemporánea de la república, puesto que es la primera vez desde 1991 que un partido, que reúne fuerzas históricamente disidentes a las corrientes mayoritarias, gobiernistas y conservadoras, logra convertirse en la fuerza política más votada en el Congreso.  

Pero, el problema del abstencionismo se presenta como una grave enfermedad que evidencia la falta de legitimidad real de los resultados electorales. Tanto más cuanto que el evento electoral estaba destinado a la selección de los representantes del pueblo, quienes los próximos cuatro años tendrán la voz y el voto para la configuración del sistema legislativo del país.

Al momento de redactar esta columna, le Registraduría databa que un 53,54 % de los ciudadanos habilitados para votar el 13 de marzo, no lo hizo. Es decir, que unos 20 780 000 colombianos no ejercieron su derecho ni cumplieron con su deber ciudadano de depositar el voto. Panorama que se agrava si se considera que fueron 18 034 000 los colombianos que decidieron la configuración del Congreso de la República hasta el 20 de julio de 2026, menos del 50 % de los habilitados para votar. Menos del 50% de los votos hace tendencia, pero no da un resultado definitivo. 

Resulta interesante, por no decir preocupante, que en las CITREP (Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz) al abstencionismo superó la media nacional. Así, de los más del millón doscientos habilitados para votar en esas circunscripciones, lo hicieron algo más de quinientos treinta mil, solo el 42,80 %. Sobre esto habrá que hacer vigilancia, ya que las víctimas tendrán la oportunidad de escoger a sus representantes en estas circunscripciones para el periodo 2026-2030.

Ante este escenario, cabe cuestionar la legitimidad de una representación nacional que solo se sustenta en los votos de algo más del 40 % de los ciudadanos. Porque la legitimidad a los ojos de la Constitución y la ley está dada, pero la legitimidad real, la verdadera representación de los intereses nacionales, ¿se ve reflejada en el Congreso que se posesiona el próximo 20 julio? No es posible que la respuesta sea un rotundo sí. Esto por la simple razón matemática de que una minoría decidió por la mayoría, quedando un amplio margen del sentimiento y querer nacional fuera de rango.

Mayoría que desentendió, por motivos extraños y desconocidos, el deber de participar en la conformación del Estado colombiano. Es por eso que no es posible cantar victoria definitiva, cuando en la democracia colombiana la población no asiste a las urnas, ya porque no puede o ya porque no quiere. En el primer caso, es deber del Estado garantizar el efectivo ejercicio de los derechos políticos en el territorio nacional. En el segundo caso, se presente una discusión que merece ahondarse en las instancias políticas y ponerse de presente en el escenario nacional: la necesidad del voto obligatorio.

En 1912, Argentina adoptó el sistema del voto obligatorio para los ciudadanos entre los 18 y los 70 años, señalando sanciones económicas y prohibiciones para participar en cargos públicos en caso de no votar por alguna razón justificada. Por este motivo, el nivel de participación promedio de las últimas elecciones parlamentarias (2013, 2015, 2017, 2019 y 2021) fue de un 76,60 % de los habilitados para votar en cada una de ellas. Allá se ejerce un derecho-obligación, y los ciudadanos se apropian en gran medida de ese deber. En Colombia se ostenta un derecho, pero menos de la mitad de los ciudadanos deciden asistir a las urnas.  

Sobre el particular quedan abiertas muchas aristas que profundizan la discusión: la capacidad del Estado para atender el aumento de votantes en los puntos de votación de todo el territorio; la infraestructura para alcanzar las poblaciones más alejadas de los puestos de votación; la destreza de las autoridades para evitar que la corrupción aproveche el voto amarrado por la ley; la voluntad de los ciudadanos para instruirse sobre la técnica y la teoría electoral y política del país; las causales de exoneración  de ejercer una eventual obligación a votar, teniendo en cuenta la violencia nacional. 

 

Esquirla 1: Cierto que el Pacto Histórico es la primera fuerza política en el Congreso, pero las fuerzas gobiernistas juntas seguirán siendo mayoría y, en un eventual gobierno alternativo, la situación parlamentaria será demasiado pantanosa a la hora de buscar concretar las iniciativas que provengan de la presidencia.

Esquirla 2: Por primera vez en veinte años, el uribismo no cuenta con candidato a la presidencia, por lo menos no uno que contara con la bendición de Uribe (pública y expresa como la tenía Oscar Iván Zuluaga).

 

 

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Felipe Alzate De los Rios
Abogado. Conciliador en Derecho. Manizales.