Antes Duque exaltaba descriminalizar el consumo de drogas, hoy lo persigue

Años atrás el hoy Presidente de Colombia criticaba en un articulo suyo el “enfoque criminalista” de los Estados Unidos y exaltaba lo que hizo Portugal al “descriminalizar” el consumo de drogas. 

Opina - Sociedad

2018-09-05

Antes Duque exaltaba descriminalizar el consumo de drogas, hoy lo persigue

El nuevo ocupante del Palacio de Nariño, Iván Duque, ha anunciado la promulgación de un decreto en cumplimiento de una de sus promesas de campaña. El controvertido decreto contempla restricciones a la dosis mínima personal para el uso de sustancias psicotrópicas. El decreto contempla el abordaje de parte de agentes de policía a ciudadanos con cateos, decomiso y destrucción de la sustancia hallada a cualquier ciudadano a discreción del agente policial.

El argumento esgrimido por el presidente y su bancada del Centro Democrático, enarbola la bandera de la “defensa de los niños y la familia” como argumento principal para la adopción de esta medida. Este sofisma es frecuentemente utilizado por estos actores políticos para manipular a la opinión, es obvio que todas las personas querrán defender a nuestros niños, este es un argumento incompleto que no muestra la dimensión de la medida, así como la regresión en libertades civiles y la posible caja de pandora que abrirá este tipo de medida represiva.

Esta medida contempla el abordaje por parte del policía al “infractor”, (que ya se le da este título por el simple hecho de portar la sustancia en cuestión) hará un procedimiento verbal, incautará la sustancia y destruirá el bien ajeno independientemente de su uso final.

Nótese que en el texto se habla de bien mueble, se reconoce el material como propiedad privada, he aquí uno de los primeros conflictos, parece irrespetarse el principio de propiedad privada que tanto defiende el uribismo y su presidente.

Este tipo de procedimiento verbal, no parece estar claramente definido, así que esto podría derivar en incontables atropellos de parte del uniformado o de la parte afectada por la medida, no es secreto que por años se han conocido redes al interior de la policía y otras fuerzas estatales que manejan los hilos del narcotráfico en las ollas de las ciudades e incluso utilizan las sustancias para su uso personal o su comercialización, la medida podría derivar en una “tentación” para algunos agentes inescrupulosos.

Además, el debate verbal con el policía puede derivar en acciones represivas por parte de los agentes por mala comunicación o viceversa; esto puede abrir la puerta a detenciones arbitrarias o incluso montajes para atacar personas desde el estado con la excusa del decomiso de una dosis de droga, no es desconocido que muchas personas temen a la acción de los policías por algunas manzanas podridas que sobornan y plantan drogas a incautos para lucro personal o de terceros.

La destrucción de un bien privado puede derivar en actitudes de violencia de parte de la persona a la que le es dañado algo que compro con su dinero y esfuerzo, así como no es clara la utilización de la palabra bien mueble ya que puede referirse a la destrucción de un automóvil en el cual encuentran drogas o el allanamiento y destrucción de viviendas u otros bienes personales, si la autoridad considera que se emplean para el porte de drogas.

La medida resulta, además, en una peligrosa criminalización y estigmatización del consumidor, el solo hecho de la contravención en vía pública y el ser conducido a un CAI pone en el mismo plano al consumidor que al narcotraficante, dejando ciertas directrices a la interpretación del agente y poniendo al consumidor en un estado de indignidad. El procedimiento contempla descargos ante el mismo policía, este decir este además tiene funciones de juez, lo cual puede hacer imposible cualquier tipo de defensa del consumidor o de la persona a quien se le encuentre droga.

Los argumentos esgrimidos por el Centro Democrático para el apoyo a esta norma hablan de proteger a los niños en los parques y centros educativos, cuando ya la ley contempla el decomiso y las medidas legales para quien comercialice o induzca al consumo a infantes o lo haga en este tipo de lugares públicos.

Este decreto quiere ir mas allá de forma soslayada, deja matices a la interpretación que son peligrosos, al parecer en cualquier momento sin una acción concreta que requiera contravención todas las personas podrían ser objeto de requisas, abuso de poder, allanamiento de moradas y otros bienes muebles por el hecho de posible porte de sustancias. ¿Como determinaran los policiales a quien requisar si no hay consumo evidente?, ¿por estrato, facha, pinta, lugar de residencia, profesión? Los más pobres, jóvenes sin empleo, universitarios, entre otros parecen ser los blancos de ataque de esta medida.    

También se habla de la persona que se reconozca como adicto, tendrá un tratamiento diferente. ¿Todas las personas que consumen drogas son adictas?, ¿todas las personas que consumen o portan drogas son delincuentes o son proclives al delito? la respuesta es no.

Vasta parte de la sociedad consume de forma medicinal o recreativa diversas sustancias, la hipocresía ante el consumo como sociedad hace parte del problema. Profesionales de la salud, abogados, músicos, actores, estudiantes y diversos segmentos de la población consumen de forma regular con fines terapéuticos formales e informales, así como con fines recreativos, solo que ese trapito se lava en casa.

El cannabis en una sustancia de amplio uso en nuestro medio, como médico conozco sus efectos terapéuticos, así como sus efectos nocivos por el abuso indiscriminado; no existe ningún estudio que hable de la letalidad per se del cannabis, a diferencia la letalidad directa de otras sustancias por sobredosis o toxicidad directa, en literatura diversa (recuerdo ahora por ej. Sinopsis de Psiquiatría de Kaplan) en la cual se habla sobre efectos nocivos de las sustancias, el cannabis cuenta con un capítulo mucho más corto en páginas que otras sustancias –incluso algunas de uso legal – como el alcohol, el tabaco, la cafeína y obviamente más corto que los derivados de la cocaína y otras sustancias químicas.

Es ampliamente conocido que la droga legal más vendida en Colombia es el alcohol, que mata a diario a personas por efectos directos e indirectos: accidentes de tránsito, violencia por embriaguez, cirrosis hepática, cáncer hepático, diabetes y sus complicaciones, demencia alcohólica, entre otras.

El tabaco a pesar de sus múltiples y detallados nocivos efectos no es prohibido para la venta, a nadie se le decomisa el paquete de cigarrillos, así este fumando al lado de sus hijos, su esposa embarazada, su abuelo con EPOC, incluso no es infrecuente ver docentes fumando a las afueras de sus colegios mientas esperan el bus. En mi concepto resulta ineficaz abordar la lucha contra la toxicomanía, drogadicción y narcotráfico con este tipo de medidas represivas.

Por otra parte, el decreto que hoy es motivo de controversia menciona que si la persona cuenta con prescripción médica no le será decomisado ni destruido su “bien”. El decreto 613 del 10 de Abril de 2017 da un primer paso hacia la reglamentación del acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis.

En este decreto se dan algunas definiciones sobre las licencias para cultivo, preparación y acceso, pero en ningún aparte se da una definición exacta y técnica sobre el ser adicto, no existe una ruta definida para la prescripción de sustancias psicoactivas con fines terapéuticos, se habla de la prescripción de preparados a base de cannabis, pero no de la sustancia como tal, hasta el momento desconozco al ruta definida para que los médicos generales de Colombia puedan prescribir cannabis, ayahuasca, coca u otra planta medicinal (no sus derivados tóxicos –bazuco, perica – resultantes de la transformación para el negocio), de llegar a prescribirse sería por parte de un especialista al cual es muy difícil acceder por el perverso sistema de salud actual, que además no tiene capacidad financiera para dar tan siquiera metformina o enalapril, ¿como podría cubrir la prescripción de la sustancia controlada?, ¿a que dispensario se le manda a las personas a reclamar la marihuana o las hojas de coca o sus preparados?

Nada de esto está en funcionamiento, es ilógico hablar de porte de drogas medicinales actualmente en nuestro país, solo algunos acceden a los incipientes preparados nacionales, la mayoría son preparados extranjeros que las personas traen por su propio gasto, así como personas que por ayudar a sus familiares les toca irse a meter a la olla para ayudar a su abuelita con artritis, a su hijo con epilepsia u otros desórdenes neurológicos severos o a su esposa con cáncer para que unas cuantas bocanadas de cannabis les calme el dolor, síntomas neurológicos, agresividad o les reestablezca el apetito.   

Es evidente que existen muchas aristas del problema de drogas en nuestra nación, es claro que no todas las sustancias deberían tener el mismo estatus ante la ley, pero su empleo está en la órbita del libre albedrío, desarrollo de su personalidad y percepción propia del daño o beneficio.

En esto fue clara la Corte Constitucional Colombiana en el año 1994, en la Sentencia No. C-221/94 de la mano del magistrado Carlos Gaviria, en la cual se declara contrario a nuestro sistema democrático el castigo punible a la drogadicción y/o consumo de sustancias, busca dar bases para evitar la estigmatizacion y criminalizacion del consumidor, basa en el derecho al desarrollo de la libre personalidad el consumo y sus consecuencias personales y deja en la orbita del estado la responsabilidad fundamental de prevención desde la educación y el tratamiento a quien lo desee basado en el saber medico.

Se expresan estas disposiciones en la discusion de dicha sentencia, como resultante final de esta, determina la declaracion de exequibilidad  al literal j) del artículo 2o. de la ley 30 de 1986 que detemina las cantidades que aun estan vigentes sobre la dosis minima y declarando INEXEQUIBLES los artículos  51 Y 87 de la ley 30 de 1986, eliminando asi las penas privativas de la libertad, multas y obligatoriedad del tratamiento de rehabilitación en contra de la voluntad del drogadicto y/o consumidor. Lo anterior se expresa en los siguientes apartes de la sentencia:

“Dentro de un sistema penal liberal y democrático, como el que tiene que desprenderse de una Constitución del mismo sello, debe estar proscrito el peligrosismo, tan caro al positivismo penal, hoy por ventura ausente de todos los pueblos civilizados. Porque a una persona no pueden castigarla por lo que posiblemente hará, sino por lo que efectivamente hace. A menos que el ser drogadicto se considere en sí mismo punible, así ese comportamiento no trascienda de la órbita más íntima del sujeto consumidor, lo que sin duda alguna es abusivo, por tratarse de una órbita precisamente sustraída al derecho y, a fortiori, vedada para un ordenamiento que encuentra en la libre determinación y en la dignidad de la persona (autónoma para elegir su propio destino) los pilares básicos de toda la superestructura  jurídica. Sólo las conductas que interfieran con la órbita de la libertad y los intereses ajenos, pueden ser jurídicamente exigibles. No se compadece con nuestro ordenamiento básico la tipificación, como delictiva, de una conducta que, en sí misma, sólo incumbe a quien la observa y, en consecuencia, está sustraída a la forma de control normativo que llamamos derecho y más aún a un sistema jurídico respetuoso de la libertad y de la dignidad humana, como sin duda, lo es el nuestro”.

“Si el derecho al libre desarrollo de la personalidad tiene algún sentido dentro de nuestro sistema, es preciso concluir que, por las razones anotadas, las normas que hacen del consumo de droga un delito, son claramente inconstitucionales”.

“¿Qué puede hacer el Estado, si encuentra indeseable el consumo de narcóticos y estupefacientes y juzga deseable evitarlo, sin vulnerar la libertad de las personas? Cree la Corte que la única vía adecuada y compatible con los principios que el propio Estado se ha comprometido a respetar y a promover, consiste en brindar al conglomerado que constituye su pueblo, las posibilidades de educarse. ¿Conduce dicha vía a la finalidad indicada? No necesariamente, ni es de eso de lo que se trata en primer término. Se trata de que cada persona elija su forma de vida responsablemente, y para lograr ese objetivo, es preciso remover el obstáculo mayor y definitivo: la ignorancia. No puede, pues, un Estado respetuoso de la dignidad humana, de la autonomía personal y el libre desarrollo de la personalidad, escamotear su obligación irrenunciable de educar, y sustituir a ella la represión como forma de controlar el consumo de sustancias que se juzgan nocivas para la persona individualmente considerada y, eventualmente, para la comunidad a la que necesariamente se halla integrada”

Finalmente llama la atención la postura actual del presidente Duque, quien años atrás criticaba en un articulo suyo en la revista Portafolio, el “enfoque criminalista” de los Estados Unidos y exaltaba lo que hizo Portugal al “descriminalizar” el consumo de drogas: Portugal llegó a ‘descriminalizar’ el consumo de drogas producto de las recomendaciones de una comisión de expertos quienes antes que en ideologías se basaron en evidencias e incentivos.

Ocho años después, aunque aún hay mucho por mejorar, ha demostrado que su enfoque es correcto y más eficiente que la represión carcelaria. Vale la pena que en América Latina se considere esta experiencia antes de enfrascarnos en una nueva contienda ideológica sin fin. Ocho años después, aunque aún hay mucho por mejorar, Portugal ha demostrado que su enfoque es correcto y más eficiente que la represión carcelaria”.

Después de esta extensa exposición concluyo que el decreto de Iván Duque es inconstitucional por que revive el carácter criminal de consumo de drogas en contravía de la sentencia C-221/94.

Es peligroso porque puede derivar en nuevas violencias y represiones de parte del cuerpo policial y/o de quienes se vean vulnerados abusivamente.

Es populista, busca ganar aplausos en un segmento de la población que no comprende la problemática, que tiene un sesgo ideológico conservador, a quienes se les hizo esta propuesta en campaña.

Es mediocre, porque busca eliminar un problema no desde la base narcotraficante, sino reprimiendo a quien consume que no es el eslabón criminal de la cadena, dejando a un lado el deber estatal de brindar educación, empleo y trabajo a las poblaciones vulnerables para evitar el consumo.  

 

( 1 ) Comentario

  1. Excelente artículo aborda las principales razones por las cuales las decisiones de «nuestro presidente» carecen de argumentos.

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Luis Velasco
Médico y cirujano egresado de U. De Caldas. Chocoano, apasionado de la buena música, la justicia social y la naturaleza. Librepensador. @luisveres